Las Personas Jurídico - Personas Natural
LAS PERSONAS JURIDICO - NATURAL:
Las personas jurídicas y las personas naturales tienen diferencias entre sí, siendo ambas figuras legales que entre otras cosas deben cumplir ciertos deberes y disfrutar de ciertos derechos
Personas Jurídicas:
- Sociedades Mercantiles
- Organismos sin Fines de Lucros
- Entidades Públicas
Las personas jurídicas tienen responsabilidad civiles en caso de incumplimiento de sus obligaciones y las acciones u omisiones que generen daños a terceros.
Causas de extinción:
- Cuando los socios que la conforman deciden ponerle fin
- Han cumplido el fin por cual fueron constituidas
- Si el Estado no autoriza su funcionamiento
- Si caen en quiebra financieras
- Entre otros.
El Ministerio de Gobierno de Panamá establece las condiciones de las personas jurídicas.
Personas Natural:
Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas las obligaciones de la misma, lo cual implica que garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que están a su nombre), las deudas que pueda contraer la empresa.
Los contribuyentes Personas Naturales que inicien actividades comerciales, industriales, independientes o similares, deberán hacer la inscripción del RUC antes de iniciar sus actividades.
Inscripción de Persona Natural
Requisitos:
- Copia de cédula vigente del contribuyente
- Copia del último recibo de pago de un servicio público o privado (agua, luz,teléfono, cable u otro) del domicilio del contribuyente o de un tercero.
- Aviso de Operación, si lo tiene. Los contribuyentes nuevos primero deben inscribirse en la DGI para luego solicitar el Aviso de Operaciones
Trámite gratuito
Esta solicitud sólo se realiza en línea, ingresando a la página dgi.mef.gob.pa - Plataforma e-Tax2.0
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